Renoval de bosque nativo en el sur de Chile

Ley de bosque nativo

Ley 20.283 y plan de manejo: qué se puede hacer con su bosque nativo

Explicado en simple: cuándo se exige plan de manejo, qué incluye, cuánto demora y cómo se convierte en madera, leña o bonificación sin arriesgar multas.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 20.283?

Es la ley chilena de recuperación del bosque nativo y fomento forestal, vigente desde 2008. Regula cómo se puede intervenir el bosque nativo, obliga a contar con un plan de manejo aprobado antes de cortar y crea un fondo concursable que financia parte de las faenas de manejo y recuperación.

¿Cuándo necesito un plan de manejo?

Siempre que se quiera cortar, ralear o aprovechar bosque nativo, incluso para leña destinada a venta. La corta sin plan de manejo aprobado por la Corporación Nacional Forestal es infracción y puede terminar en multa y en la obligación de reforestar.

¿Qué contiene un plan de manejo?

Cartografía del predio y de los rodales, tipo forestal, inventario con especies, diámetros y volúmenes, la intervención propuesta rodal por rodal, las medidas de protección de suelo y cauces, y el compromiso de regeneración posterior. Lo elabora y firma un ingeniero forestal.

¿Cuánto demora?

El trabajo de terreno e inventario toma habitualmente entre 3 y 8 semanas según superficie y acceso; la revisión del organismo forestal agrega su propio plazo y puede incluir observaciones que hay que responder. Conviene partir con varios meses de anticipación a la faena.

¿Sirve para pedir financiamiento?

Sí. El fondo de conservación, recuperación y manejo sustentable del bosque nativo opera por concursos con bases que cambian cada año, y bonifica actividades de manejo. Sin plan de manejo aprobado no se puede postular.

¿Y si solo quiero leña para consumo propio?

Existen figuras simplificadas para consumo doméstico en pequeña escala, con límites de volumen. En cuanto la leña se vende, se aplica la exigencia completa y además la trazabilidad que piden los compradores formales.

El texto oficial de la ley y sus reglamentos, más las bases vigentes del fondo, se consultan en la Corporación Nacional Forestal: conaf.cl. Cada predio tiene su propia situación; esta página orienta, no reemplaza la revisión del caso.

Cómo se tramita, paso a paso

1. Antecedentes del predio

Título de dominio, rol, deslindes y plano. Sin claridad legal del predio no se puede tramitar nada.

2. Terreno e inventario

Recorrido, definición de rodales, parcelas de muestreo, especies, diámetros, alturas y estado sanitario. De aquí sale el volumen real disponible.

3. Propuesta de intervención

Qué se corta, cuánto, en qué orden y con qué método, más protección de cauces, suelo y regeneración. Aquí se decide si el bosque va a leña, a aserrable o a recuperación.

4. Presentación y respuesta a observaciones

Ingreso del plan, seguimiento y respuesta técnica a lo que se observe. Es la etapa donde se pierde tiempo si el expediente viene incompleto.

5. Faena y cumplimiento

Ejecución conforme a lo aprobado, con registro de volúmenes y guías. Cumplir es lo que permite vender formalmente y postular a bonificaciones después.

¿Su bosque está en condiciones de manejarse este año?

Con los antecedentes del predio y una visita a terreno se define qué intervención corresponde, qué volumen hay y en qué orden conviene tramitar.